Si un hombre -o dijo una persona- fisgoneara tus asuntos sin tu permiso, y al percatarte de él, le lanzaras una piedra para disuadirlo y esta piedra le diera en el ojo, no habrías cometido pecado alguno al hacerlo.
Clasificación editorial de la Enciclopedia del Hadiz
Esta edición indica en qué obras se registra cada hadiz, pero no incluye el número de cada hadiz en las ediciones impresas, por lo que no puede citarse por ese número.
Explicación
El Mensajero de Al-lah, la paz y las bendiciones de Al-lah sean con él, dijo que si una persona fisgoneara los asuntos de otra sin su permiso, desde detrás de la puerta o por encima de la pared de su casa, etc. y le lanzara una piedra para disuadirla y esta piedra le diera en el ojo, o si le da con un objeto metálico en el ojo, la persona que haya infringido ese daño no habría cometido pecado alguno ni está obligada a compensar al fisgón, puesto que este es quien ha empezado y quien ha cometido un delito al querer saber los asuntos privados de los demás.
Fuente de esta edición: Enciclopedia de Hadices Proféticos — hadeethenc.com Enciclopedia de Hadices Proféticos